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Inscripción en la Matrícula Profesional
Inscripción en el registro de aspirantes
Modificación de datos personales de los notarios


INSCRIPCIÓN EN LA MATRICULA PROFESIONAL

Decreto-Ley Nº 9020/78

Requisitos:

  1. Título universitario de abogado expedido o revalidado por Universidad Argentina, legalizado por los Ministerios de Educación y del Interior (si el título fuera anterior a 2012) y una fotocopia del mismo (art. 25 inc.3 del Decreto-Ley 9020/78 t.o. s/Dec. 8527/86).
    Para los diplomas, analíticos, programas y planes de estudio de nivel universitario emitidos a partir del 2012 no se legalizan en el Ministerio del Interior. En estos casos, la validez nacional la otorga la certificación del Ministerio de Educación de la Nación.
    La acreditación de este extremo podrá suplirse provisoriamente mediante certificado expedido por la Universidad debidamente legalizado. (art. 14 del Reglamento Notarial). En dicho certificado deberá constar la fecha de la última materia aprobada (fecha de graduación) y que el título se encuentra en trámite.
  2. Acreditar identidad con documento de ley: Libreta Cívica, de Enrolamiento o Documento Nacional de Identidad, que deberá exhibirse en el momento de presentación de la solicitud (art. 25 inc.1 Dec. Ley cit.). Fotocopia simple del D.N.I.
  3. Solicitud en el formulario que a tal efecto provee el Colegio.
  4. Constituir domicilio especial en la provincia (art. 25 inc.2 Dec. Ley cit.).
  5. Abonar el derecho de inscripción en la Matrícula Profesional (art. 125 inc.1 Dec. Ley 9020/78). $ 23.700
  6. Acompañar una fotografía tipo carnet.
El trámite se inicia en Mesa de Entradas del Colegio de Escribanos, sito en Avda. 13 esq. 47.

Cuando la inscripción sea solicitada por interesada de estado civil casada, deberá exhibirse en el momento de la presentación de la solicitud, PARTIDA DE MATRIMONIO, siempre que desee agregar a su apellido el de su marido (art. 4º ley 23.515 que modifica el art. 8º de la ley 18.248).

Muy importante: La inscripción en la Matrícula Profesional y en el Registro de Aspirantes a Notario, como así también la posterior firma de las actas respectivas, son de carácter personal.
En caso de no poder concurrir de manera presencial, se podrán realizar dichos trámites a través de un apoderado, quien deberá acreditar la representación invocada mediante Poder Especial otorgado por Escritura Pública, o bien Autorización en documento privado con firma certificada ante escribano, con expresa indicación sobre su intervención, para poder actuar en nombre y representación de la persona interesada.

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INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE ASPIRANTES A NOTARIO

Decreto-Ley Nº 9020/78

Requisitos:
  1. Hallarse inscripto en la Matrícula Profesional de esta Institución.
  2. Acreditar mayoría de edad con la presentación de partida de nacimiento, debidamente legalizada en su caso, o documento de identidad y ciudadanía natural, por opción o legal, con libreta de enrolamiento o cívica o documento que la reemplace.
  3. Solicitud en el formulario que a tal efecto provee el Colegio.
  4. Acreditar BUENA CONDUCTA, mediante declaraciones efectuadas en acta notarial suscripta por no menos de tres (3) notarios en actividad o en retiro de la Provincia de Buenos Aires; o informe expedido por la Delegación del Colegio de Escribanos del lugar del domicilio real del peticionante o por Colegios Notariales del lugar del domicilio del interesado, cuando éste no residiere en la Provincia (art. 26 inc.3º Decreto-Ley 9020/78, y art. 15 inc.a del Reglamento Notarial).
  5. Abonar el derecho de inscripción al Registro de Aspirantes a Notario (art. 125 inc.1 Dec. Ley 9020/78). $ 31.600
  6. Acompañar título universitario con el diploma correspondiente (art. 15 inc. b del Reglamento Notarial). El trámite puede ser iniciado con un certificado de título en trámite, pero no se aprobará hasta no presentar el título original debidamente legalizado por los ministerios de Educación y del Interior.
El trámite se inicia en Mesa de Entradas del Colegio de Escribanos, sito en Avda. 13 esq. 47.

Si el interesado deseare un certificado de su inscripción en el Registro de Aspirantes, deberá solicitarlo en el renglón “OBSERVACIONES” de la solicitud, indicando el destino que dará al mismo.

El nombre del interesado en inscribirse en el Registro de Aspirantes se publicará por una sola vez en el Boletín Informativo del Colegio y durante los treinta (30) días siguientes se recibirán las impugnaciones que el Comité Ejecutivo podrá rechazar por mayoría de votos o aceptar por dos tercios (art. 27 Decreto-Ley 9020/78).

Muy importante: La inscripción en la Matrícula Profesional y en el Registro de Aspirantes a Notario, como así también la posterior firma de las actas respectivas, son de carácter personal.
En caso de no poder concurrir de manera presencial, se podrán realizar dichos trámites a través de un apoderado, quien deberá acreditar la representación invocada mediante Poder Especial otorgado por Escritura Pública, o bien Autorización en documento privado con firma certificada ante escribano, con expresa indicación sobre su intervención, para poder actuar en nombre y representación de la persona interesada.

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MODIFICACIÓN DE DATOS PERSONALES DE LOS NOTARIOS

La modificación y/o actualización de los datos personales deberá hacerla el propio notario a través de nota escrita y firmada, dirigida al Departamento de Servicios Notariales del Colegio Central; o bien, por cualquier otro medio fehaciente que permita archivar dicha modificación.

Por ejemplo, envío de correo electrónico remitido desde una dirección registrada en el Colegio a administrativo@colescba.org.ar.

Dirección electrónica: la actualización de la dirección de correo electrónico debe ser realizada por el propio usuario (notario activo o jubilado), ingresando al sector restringido del sitio institucional, con su nombre de usuario y clave. Una vez allí, en el menú "Ayuda", opción "Cambio correo electrónico", tendrá la posibilidad de ingresar la nueva dirección.
Este procedimiento garantiza su utilización por parte de todas las áreas del Colegio de Escribanos que utilizan ese medio para hacer llegar información a los escribanos.