Permite obtener a partir de una fecha inicial, la fecha resultante de sumar los días hábiles o corridos solicitados.
Para el cálculo de días hábiles, se consideran los feriados inamovibles, trasladables, puentes turísticos y días no laborables nacionales, establecidos y publicados por el Gobierno Nacional. Nota: para el caso puntual de cómputo de vigencia de la reserva de prioridad de los certificados, deben consignarse las cantidades de 14, 24 o 29 días según corresponda, en lugar de los 15, 25 o 30 respectivos, debido a que es una calculadora genérica y no incluye en el cálculo el día inicial. |