Bienvenidos al micrositio web de la PAND
En este espacio encontrará toda la información y los enlaces necesarios para operar a través de la
Plataforma de Actuación Notarial a Distancia (PAND)

Transformamos la experiencia notarial, llevando la confiabilidad y la conveniencia al lugar donde te encuentres.

La firma de los documentos notariales en las escribanías es, sin dudas, el grado más alto y eficiente de protección jurídica que la función notarial ofrece a la comunidad.
No obstante, el uso masificado de las nuevas herramientas de comunicación y el impacto que el mundo digital tiene en la vida cotidiana de las personas -tanto en el plano profesional como en el personal-, han operado cambios profundos en sus vínculos y requerimientos.
Entre otros aspectos, se ha modificado el contexto en el que los notarios actúan dentro de la esfera de su función como profesionales del Derecho. Este cambio tan relevante presenta el desafío de implementar nuevas prácticas para optimizar la actividad profesional y ampliar la oferta de los servicios brindados, acorde con las nuevas exigencias de los requirentes.
Desde hace tiempo, el Colegio ha asumido un compromiso de innovación, que solo será posible si se realizan todos los esfuerzos intelectuales para adecuar el uso de estas nuevas herramientas a los valores esenciales en los que el notariado de tipo latino se basa.
La Plataforma (PAND) es una de las respuestas al cambio de paradigmas, y tiene como objetivo ofrecer, en el marco de lo que se denomina PORTAL NOTARIAL PARA EL CIUDADANO, nuevas facilidades y prestaciones digitales, con la seguridad y garantía propias de la función notarial. En el análisis del acto notarial y el criterio profesional surgirán las respuestas sobre la oportunidad y circunstancias que ameritan su uso.
La institución agradece profundamente la valiosa colaboración para seguir trabajando en este camino que se ha iniciado, que tiene aún mucho por recorrer, velando por la función de control jurídico y de legalidad e información del consentimiento que aporta el notario, valores irrenunciables de su esencia a los que están llamados a atender en la incorporación de nuevas tecnologías.
Ciclo de capacitación
Delegación
Bahía Blanca
- Miércoles 8 de mayo
- 8:45 hs.
Oficina de materiales
de Tres Arroyos
- Martes 14 de mayo
- 8:30 hs.
Delegación
Tandil
- Miércoles 29 de mayo
- 13 hs.
Delegación
La Plata
- Miércoles 29 de mayo
- 16.30 hs.
Delegación
Morón
- Miércoles 5 de junio
- 10 hs.
Delegación
Necochea
- Miércoles 5 de junio
- 16 hs.
Delegación
Pergamino
- Miércoles 5 de junio
- 17.30 hs.
Delegación
San Nicolás
- Martes 11 de junio
- 16 hs.
Delegación
Lomas de Zamora
- Miércoles 26 de junio
- 9 hs.
Delegación
Mercedes
- Miércoles 26 de junio
- 10 hs.
Delegación
Nueve de Julio
- Martes 2 de julio
- 14 hs.
Delegación
San Isidro
- Miércoles 10 de julio
- 10 hs.
Delegación
Azul
- Martes 3 de Septiembre
- 15 hs.
Novedades

Ciclo de capacitación sobre la PAND y sus nuevas funcionalidades
La Plataforma de Actuación Notarial a Distancia (PAND) incorporó como nueva funcionalidad la posibilidad de

La PAND estará disponible para su prueba en la 43 JNB
En el marco de la 43 Jornada Notarial Bonaerense, a realizarse en Mar del Plata

Lanzamiento de la nueva Plataforma de Actuación Notarial a Distancia
Este viernes 23 de febrero, el Colegio presentó la nueva Plataforma de Actuación Notarial a
Manuales
Folio de Actuación Digital
La PAND es la herramienta que facilita a los notarios la obtención de documentos firmados digitalmente por las partes interesadas. Una vez firmado el documento a través de la PAND, el notario procederá a realizar su certificación utilizando el Módulo de Gestión de Actuaciones Digitales. Este proceso asegura la validez legal y la autenticidad del documento, completando así el ciclo digital notarial.
Preguntas frecuentes
01 | ¿Qué tipo de actuaciones notariales se pueden realizar?
Si bien el sistema está preparado para permitir incorporar en el futuro otro tipo de actuaciones notariales, al día de la fecha
se encuentra habilitado para realizar trámites de certificación de firmas. A modo de ejemplo, podría mencionarse la celebración
de un contrato privado de locación.
02 | ¿El uso del sistema tiene algún costo?
No. La herramienta no requiere de pagos por su utilización ni por licencias. De todos modos, el uso del sistema tendrá los
costos definidos por cada Colegio de Escribanos, según convenio, y el cobro de los mismos será gestionado por cada jurisdicción.
03 | ¿Qué es el Escritorio Digital?
El Escritorio Digital es una herramienta desarrollada por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires que brinda
la posibilidad de acceder de una forma ágil a los sistemas habilitados para el notariado y la ciudadanía en general. Se puede
acceder al mismo con distintos canales de identificación de usuarios, como por ejemplo AFIP, Anses y MiArgentina.
04 | ¿Cualquier ciudadano puede iniciar una actuación?
Sí. Es requisito que el usuario ingrese inicialmente al Escritorio Digital a través de una credencial habilitada (por ejemplo,
AFIP) y acepte los términos y condiciones de uso al acceder a la Plataforma de Actuación Notarial a Distancia.
05 | ¿Cómo se inicia una actuación?
Si la actuación la inicia un ciudadano, el requirente debe ingresar al Escritorio Digital del Colegio de Escribanos a través de
sus credenciales Autenticar y luego, dentro de la Plataforma de Actuación Notarial a Distancia, elegir al escribano, quien
podrá aceptar o rechazar la solicitud de actuación.
Si la actuación la inicia un notario, podrá seleccionar él mismo quiénes serán los requirentes o participantes de la actuación.
Es requisito que los participantes hayan ingresado al menos una vez al Escritorio Digital.
06 | ¿Se puede buscar a cualquier escribano de la Provincia?
Sí. Todos los escribanos activos en la nómina de notarios de las provincias que hagan uso de la herramienta se encontrarán
disponibles para ser elegidos por un requirente.
07 | Cuando el solicitante elige a un escribano, ¿éste se encuentra obligado a realizar la actuación?
No. El notario que fue seleccionado por el requirente para atender la actuación podrá rechazar la solicitud indicando un
motivo que el ciudadano pueda comprender fácilmente. En ese caso, la solicitud regresará al requirente, quien deberá seleccionar
un nuevo escribano.
08 | ¿Qué sucede si no hay respuesta del escribano aceptando o rechazando la solicitud?
Hasta tanto una solicitud sea aceptada, la misma quedará en estado “Solicitada”, lo cual permite al requirente el cambio de
escribano.
09 | ¿Puedo agregar como participante de una actuación a cualquier persona?
No. Sólo se puede agregar como participante de una actuación a personas que hayan accedido al menos una vez al Escritorio
Digital a través de las credenciales habilitadas (por ejemplo, AFIP).
10 | ¿Necesito una computadora para operar?
No es necesario, pero sí es recomendable. Si bien la Plataforma está desarrollada para poder ser utilizada en cualquier
dispositivo con conexión a internet y un navegador (tablet, computadora, celular inteligente, etc.), se recomienda que para
el momento de la videoconferencia se realice la conexión desde una computadora o dispositivo con pantalla que facilite la
lectura de los documentos. La videoconferencia siempre deberá realizarse desde un dispositivo con cámara web a fin de
que los participantes puedan verse entre ellos.
Por otro lado, la Plataforma requiere que además del dispositivo desde el que se ingresa a la videoconferencia, el participante
tenga a mano un celular (Android o IOS) con cámara y GPS para poder utilizar las funcionalidades de Geolocalización,
Firma y Validación biométrica.
11 | ¿Puedo estar en cualquier lugar del mundo para solicitar la actuación?
Sí. Al momento de realizar la solicitud de actuación, el usuario puede encontrarse en cualquier lugar del mundo. De todos modos,
es requisito que, al momento de la actuación, quienes deban realizar firmas (digitales o manuscritas) se encuentren dentro
de la jurisdicción del notario actuante o fuera de la República Argentina.
El sistema validará la ubicación del participante vía GPS y bloqueará las firmas de aquellos que no cumplan con este requisito.
12 | ¿Puede participar alguien más que el solicitante y el escribano?
Sí. El notario tiene la posibilidad de agregar participantes a una actuación. Pueden ser participantes que se encuentren
dentro del proceso de firmas o bien participantes a los que se les desee dar acceso a la información de la actuación. Al momento
de coordinar una videoconferencia, el notario podrá seleccionar qué participantes deberán ingresar a la misma.
Si a un participante se le asigna el rol “Administrador”, el mismo podrá realizar las acciones habilitadas para el escribano (a
excepción del acto notarial, que debe realizarlo siempre el escribano). Este caso puede utilizarse con escribanos del mismo
registro o con participantes que puedan coordinar las tareas (por ejemplo: secretaria).
13 | ¿El requirente debe contar con firma digital para operar?
No. El sistema permite operar mediante firma digital o firma manuscrita sobre dispositivos electrónicos. Para estos últimos
el requirente podrá dibujar su firma en la aplicación desarrollada por ColEscBA y la misma se impactará en el documento.
El sistema cuenta con las medidas de seguridad necesarias para evitar la manipulación de documentos por fuera de la
Plataforma.
14 | ¿De qué forma se pueden registrar los pagos de los participantes?
El escribano podrá dejar registrados en la Plataforma los pagos que reciba por cualquier concepto y a través de cualquiera
de los medios disponibles.
15 | ¿Cómo se comunican los participantes y el escribano?
La Plataforma posee un módulo de mensajería a través del cual todos los participantes podrán comunicarse. El funcionamiento
es similar al de un grupo de WhatsApp.
16 | ¿Cómo me anoticio de los cambios en la actuación?
La Plataforma posee un sistema de notificaciones vía mail. Las mismas serán enviadas al correo electrónico registrado
como “Alternativo”. Toda vez que se modifique el estado de una actuación, o se coordine una nueva reunión o se suban
archivos, etc., el sistema informará estos eventos vía mail.
17 | ¿Qué se obtiene como producto de la actuación?
El producto obtenido por la Plataforma es el “Documento resultante”, que es el documento que posee las firmas requeridas
para la actuación (manuscritas o digitales). También ofrece un texto sugerido para que el escribano genere el folio de
actuación notarial en la Plataforma de Firma Digital.
Dicho documento deberá ingresarse en la Plataforma de Firma Digital, seleccionando el trámite correspondiente e ingresando
el texto generado por PAND.
18 | ¿El uso del sistema es sólo para actuaciones notariales a distancia?
Si bien el sistema fue desarrollado con el objetivo de cubrir las necesidades de realizar actuaciones notariales a distancia, el uso
puede ampliarse al registro de actuaciones presenciales, dado que facilita la centralización de la información en una sola plataforma,
pudiendo utilizar toda su funcionalidad (registro de pagos, documentos asociados, coordinación de reuniones, etc.).
19 | ¿Dónde se almacena la información de la actuación?
En los servidores de base de datos del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires.
20 | ¿ Se pueden realizar las firmas en cualquier orden?
No, siempre se deben realizar primero las firmas manuscritas y luego las digitales, dado que una firma manuscrita modifica
el documento, por lo que se perderían las firmas digitales previamente registradas. El sistema realiza este ordenamiento
de forma automática si las firmas se toman en un mismo proceso de firmas, pero en caso de tener distintos procesos para
un mismo documento, debe ser el notario el que gestione primero las firmas manuscritas y luego las digitales.
21 | ¿Es necesario el uso del libro de Requerimientos en las actuaciones a distancia?
Sí, al igual que en las certificaciones presenciales, es necesario dejar en el libro de requerimientos el registro de la firma del solicitante. Dado que el solicitante no se encontrará en la escribanía, en lugar de su firma, debe quedar referenciado el número de Actuación Notarial que se encuentra identificado en la PAND. Tal como ocurre en la presencialidad, el circuito consta de tres pasos:
1 Se genera el documento en la PAND desde donde se obtiene el PDF firmado y el texto sugerido para la certificación.
2. Se completa el Libro de requerimientos con la referencia a la actuación de PAND. Esta referencia deberá anotarse en el campo “Observaciones”. El campo en el que se realiza la firma de los requirentes va a quedar en blanco, y el acta solo quedará firmada por el notario.
